Derecho de petición en Colombia: qué es, cómo presentarlo y plazos 2026
¿Sabes cómo redactar un derecho de petición y qué hacer si no te responden? Te explicamos plazos y pasos. Asesoría en ALTRIABO.
ALTRIABO Abogados & Asociados
7/31/20263 min read
El derecho de petición es una de las herramientas legales más usadas por los colombianos y, a la vez, una de las menos comprendidas. Está consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, que reconoce a toda persona el derecho a presentar peticiones respetuosas ante las autoridades —y, en ciertos casos, ante particulares— por motivos de interés general o particular, y a obtener una pronta resolución. En ALTRIABO Abogados & Asociados explicamos qué es, cómo redactarlo correctamente y qué opciones existen cuando la entidad no responde a tiempo.
¿Qué es el derecho de petición?
Es un derecho fundamental que permite a cualquier persona, sin necesidad de abogado, solicitar a una autoridad (o a determinados particulares) el reconocimiento de un derecho, la resolución de una situación jurídica, la prestación de un servicio, información, copias de documentos, o presentar quejas, reclamos, denuncias y consultas. Su desarrollo legal está en la Ley 1755 de 2015, que sustituyó el título correspondiente del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Una característica clave: el ejercicio del derecho de petición es gratuito y no requiere representación por abogado.
¿Ante quién se puede presentar?
• Ante entidades públicas de cualquier nivel (nacional, departamental, municipal).
• Ante particulares que presten un servicio público o cumplan funciones públicas (por ejemplo, EPS, colegios o universidades privadas, en determinados casos).
• Ante particulares cuando exista una relación de subordinación o indefensión frente a quien presenta la petición.
¿Cómo redactar un derecho de petición?
Un derecho de petición no exige fórmulas sacramentales, pero para que sea claro y efectivo conviene incluir:
• Nombre completo, identificación y datos de contacto del peticionario.
• Entidad o persona a quien se dirige.
• Descripción clara y concreta de los hechos o la situación.
• La solicitud precisa (qué se pide exactamente).
• Los documentos o pruebas que respalden la solicitud, si los hay.
• Firma (física o digital) y fecha.
Puede presentarse por escrito, de forma verbal (dejando constancia) o por medios electrónicos, según lo disponga cada entidad.
Plazos legales de respuesta
La Ley 1755 de 2015 fija los siguientes términos generales:
• 15 días hábiles para peticiones en general.
• 10 días hábiles para solicitudes de documentos e información.
• 30 días hábiles para consultas ante autoridades.
Si la entidad no puede resolver dentro de estos plazos, debe informarlo al peticionario antes de que venza el término, explicar los motivos de la demora y señalar una nueva fecha, que no puede exceder el doble del plazo inicialmente previsto.
¿Qué pasa si la entidad no responde?
Cuando vence el plazo sin respuesta, puede configurarse el llamado silencio administrativo, que en Colombia tiene dos modalidades:
• Silencio administrativo negativo: es la regla general para peticiones, quejas, consultas y trámites ordinarios. Transcurrido el término legal (y, en la mayoría de los casos, hasta tres meses) sin respuesta, se entiende que la petición fue resuelta de forma negativa, lo que habilita al ciudadano a acudir a otros mecanismos.
• Silencio administrativo positivo: solo opera en los casos expresamente señalados por la ley (por ejemplo, ciertas solicitudes de documentos e información, con plazo de 10 días hábiles). Para que aplique deben cumplirse tres condiciones: que exista un plazo legal, que la ley contemple expresamente un efecto positivo por su incumplimiento, y que la autoridad no haya resuelto dentro del término.
Cuando el derecho de petición no obtiene respuesta oportuna, el ciudadano puede acudir a la acción de tutela, invocando la vulneración del derecho fundamental de petición, dado que no existe otro mecanismo judicial igual de rápido para obtener una respuesta.
Preguntas frecuentes
¿Necesito un abogado para presentar un derecho de petición? No. Cualquier persona puede presentarlo directamente, sin necesidad de representación legal, aunque contar con asesoría puede ayudar a que la solicitud sea más precisa.
¿Cuánto tiempo tiene la entidad para responder? Depende del tipo de petición: 15 días hábiles para peticiones generales, 10 días hábiles para solicitudes de documentos e información, y 30 días hábiles para consultas.
¿Qué hago si no me responden a tiempo? Puede exigir la respuesta e, incluso, presentar una acción de tutela por vulneración del derecho fundamental de petición, ya que no existe un mecanismo judicial igual de expedito para obtenerla.
¿El derecho de petición tiene algún costo? No. Su ejercicio es completamente gratuito.
Conclusión
El derecho de petición es una herramienta accesible y poderosa para que cualquier ciudadano exija información, servicios o respuestas concretas de entidades públicas y de ciertos particulares. Conocer sus plazos y la forma correcta de redactarlo aumenta las probabilidades de obtener una respuesta oportuna y, si esto no ocurre, permite activar mecanismos como la tutela para proteger este derecho fundamental.
Si necesita ayuda para redactar un derecho de petición, hacerle seguimiento o actuar frente a la falta de respuesta de una entidad, en ALTRIABO Abogados & Asociados podemos asesorarlo. Escríbanos a contacto@altriabo.com o comuníquese al 315 119 8941.
Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal personalizada.
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